La Agencia Tributaria
(AEAT) lanzará un nuevo sistema
de gestión del IVA para
grandes contribuyentes que
les obligará a informar de sus
transacciones comerciales cada
cuatro días a partir del 1 de
enero de 2017. Así lo anunciaron
ayer Santiago Menéndez,
director de la AEAT, y Rufino
de la Torre, director del departamento
de Gestión Tributaria,
quienes subrayaron que se
quiere incrementar los controles
contra el fraude y reducir
las cargas formales en el
medio y largo plazo ya que, de
entrada, exigirá un esfuerzo
de adaptación al contribuyente.
El sistema, por el que la
AEAT recibirá la información
en tiempo real frente al decalaje
de un año que media ahora
en determinadas declaraciones,
será obligatorio para
62.000 contribuyentes: grandes
empresas –quienes facturen
más de seis millones de euros–,
grupos societarios a efectos
de IVA e inscritos en el régimen
de devolución mensual
del impuesto (Redeme). Este
colectivo representa el 80% de
la facturación total de los sujetos
pasivos de IVA. El resto de
contribuyentes podrán acogerse
voluntariamente y, si lo
desean, renunciar al sistema al
final de cada año. Este sistema
no tiene relación alguna con el
IVA de caja, explicó ayer Menéndez.
Los grandes contribuyentes
deberán remitir el detalle de
registro de las facturas (no las
facturas propiamente dichas)
–y tiques– que deben hacerse
constar en los libros de registro.
Estos envíos a la AEAT implicarán
llevar los libros de
IVA a través de la web de la
Agencia, donde esos libros se
irán formando con cada uno
de los envíos.
La información a remitir incluirá
los elementos esenciales
de la factura expedida o recibida
y, en el caso del registro de
las facturas recibidas, la cuota
deducible. Paralelamente, se
eliminará la posibilidad de
realizar asientos resúmenes
(incluso en el caso de tiques)
con la finalidad de facilitar el
automatismo en el envío de los
registros de facturación y, a su
vez, mejorar las herramientas
de control.
En este sentido, la AEAT señala
que el nuevo sistema facites
a los modelos 347 (información
de terceros, anual),
340 (operaciones en libros registro,
mensual) y 390 (resumen
anual del IVA, anual).
Asimismo, se incrementa el
plazo para las liquidaciones de
IVA en diez días, con lo que las
autoliquidaciones periódicas
se podrán presentar en los primeros
30 días naturales del
mes siguiente al periodo de liquidación.
Por parte de la AEAT, la
comprobación será más rápida,
con lo que podrá anticipar
la comprobación y agilizar las
devoluciones. Sobre todo
cuando el cliente y el proveedor
pertenezcan al colectivo,
ya que la información nacerá
ya cruzada.
Siguiendo un esquema similar
al tradicional en el IRPF,
la Agencia Tributaria pretende
crear unos datos fiscales
que podrá utilizar el contribuyente
a la hora de presentar su
declaración de IVA y, en último
término, configurar un borrador
de declaración del IVA.
Menéndez destacó ayer
que el sistema entra en vigor
en 2017 para que exista margen
para introducir cambios
normativos y adaptar los sistemas
informáticos, un tiempo
que no tuvieron los autónomos
obligados a dejar el papel
el pasado enero, una medida
anunciada en septiembre de
2013.
Editorial / Página 2
lita el cumplimiento voluntario,
ya que será más difícil defraudar
o eludir el control si la
Agencia dispone de lo que el
contribuyente declara y el
contraste con lo que informe el
resto del colectivo.
Además, la Agencia señala
que facilitará la detección del
software de doble uso (programas
informáticos que permiten
la ocultación de ventas) y
que se refuerza el control sobre
las operaciones efectuadas
a través de las cajas registradoras.
El plan de ataque a las ventas
en negro de pymes y autónomos
que se avanzó en mayo
parece haber quedado aparcado,
extremo que Menéndez
no confirmó.
Para realizar el envío de la
información, los contribuyentes
dispondrán de un plazo
máximo de cuatro días desde
el momento en que emitan o
reciban una factura. En cualquier
momento, accediendo a
la web de la Agencia, el contribuyente
podrá consultar tanto
la información remitida por él
mismo, como aquella imputada
a través de información de
terceros que también hayan
facilitado los registros de forma
electrónica.
Menéndez quiso resaltar
ayer que el nuevo sistema reducirá
cargas formales, al suprimirse
la obligación de presentación
de las declaraciones
informativas correspondien-
JMCadenas
Santiago Menéndez, director de la Agencia Tributaria.
Más control y menos cargas a largo plazo
? Los grandes
contribuyentes deberán
remitir el detalle de registro
de las facturas (no las
facturas propiamente
dichas) a la Agencia
Tributaria cada cuatro días.
? El nuevo sistema facilita
el cumplimiento voluntario,
ya que será más difícil
defraudar o eludir el control
si la Agencia dispone de
lo que el contribuyente
declara y el contraste con
lo que informe el resto.
? Se facilita la detección
del software de doble uso
(programas informáticos
que permiten la ocultación
de ventas) y se refuerza el
control sobre las
operaciones efectuadas
a través de las cajas
registradoras.
? Se reducirán cargas
formales a largo plazo,
al suprimirse la obligación
de presentación de
las declaraciones de los
modelos 347 (información
de terceros, anual), 340
(operaciones en libros
registro, mensual) y 390
(resumen anual del IVA,
anual). No todos los grandes
contribuyentes declaran
el modelo 340; algunos
se acogen ahora a la
declaración trimestral, con
lo que pasarán de informar
cada 3 meses a 4 días.
? Se incrementará el plazo
para las liquidaciones
de IVA en diez días
y las autoliquidaciones
periódicas se podrán
presentar en los primeros
30 días naturales del
mes siguiente.
? La comprobación de
la AEAT será más rápida,
con lo que podrá anticipar
la comprobación y agilizar
las devoluciones.
? Siguiendo un esquema
similar al tradicional en
el IRPF, la AEAT pretende
crear unos datos fiscales
que podrá utilizar el
contribuyente a la hora de
presentar su declaración de
IVA y configurar un borrador
de declaración del IVA.