El contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores, aporta numerosas ventajas al empresario con el objetivo de incentivar la contratación indefinida. Entre sus principales características, destacamos:
Deducciones a nivel fiscal:
Con el primer trabajador contratado por la empresa menor de 30 años, la empresa tendrá derecho a una deducción de 3.000 euros.
En caso de contratar a un desempleado que perciba la prestación por desempleo, la empresa tendrá derecho a una deducción del 50% de la menor cuantía de: O bien el importe de la prestación que el trabajador tuviera pendiente de percibir en el momento de la contratación o el importe de doce mensualidades que tuviera reconocida. Como requisito se establece que el trabajador hubiese cobrado la prestación durante al menos 3 meses.
Bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social:
Las bonificaciones en la cuota empresarial a la Seguridad Social, durante 3 años, para trabajadores desempleados son las siguientes:
Cuantía | Contrato a una mujer en sectores que esté menos representada | |
Jóvenes entre 16 y 30 años (ambos inclusive) | Primer año: 83,33 euros/mes (1.000 euros/año). Segundo año: 91,67 euros/mes (1.100 euros/año). Tercer año: 100 euros/mes (1.200 euros/año). | Las cuantía se incrementa en 8,33 euros/mes (100 euros/año). |
Mayores de 45 años | 108,33 euros/mes (1.300 euros/año). | Las cuantía será 125 euros/mes (1.500 euros/año). |
Si el contrato es a jornada parcial, las bonificaciones se aplicarán en función a la jornada.
Requisitos a cumplir por la empresa: